Publicidad Registral
La función de la Publicidad Registral, según se tiene entendido es la de brindar seguridad jurídica a las personas y… se tiene entendido también que todo lo publicado es de conocimiento publico de todas las personas….. pero hasta que punto la publicidad registral puede otorgar seguridad jurídica a estas “personas”.
Que sucede en los casos, como es el de nuestra realidad, en el cual existe evidentes carencias y fallas en el sistema registral de nuestro país, como es que las “personas” pueden defenderse ante el agravio producido por este sistema, que en muchas ocasiones (y quien es abogado en practica lo sabe) por fallas en el sistema o por fallas humanas no republican diferentes inscripciones como hipotecas u otro tipo de gravámenes, que a pesar de encontrarse inscritos, al momento de que la institución registral debe emitir una búsqueda en donde aparezcan dichas inscripciones estas no aparecen, creando así un gran perjuicio para terceros e incluso para los acreedores, que muchas veces se ven perjudicados por estos casos.
Como responder ante tal grado de indefensión?, como responder cuando muchas veces el daño ya esta causado, como debería indemnizar la entidad registral a los agraviados en estos casos, se deben aplicar sanciones mas altas y de manera rápida y eficaz por el perjuicio ocasionado.


